Jornada laboral

¿Puede un trabajador/a negarse a hacer horas extras?

Esto es lo que dice la norma

Las horas extras son una figura muy manida en el mundo laboral, pero no siempre sabemos cuándo pueden aplicarse. A veces incluso tenemos dudas acerca de cómo deben pagarse a los empleados/as y qué sucede cuando alguno de ellos se niega a hacerlas. Así que vamos a resolver todas las dudas relacionadas con las horas extras.

Para empezar, lo que haremos es definirlas. La cuestión de las horas extras o extraordinarias está recogida en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. En este se indica que estas son las horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. Pero veamos qué mas se indica en la legislación vigente.

 

¿Puede un trabajador negarse a hacer horas extras?

 

¿Qué son y qué no son las horas extraordinarias?

Te hemos indicado, en primer lugar, que las horas extra o extraordinarias son las que sobrepasan las horas fijadas en la jornada ordinaria. Estas horas extraordinarias deben remunerarse aparte, de acuerdo con la cuantía que se fije a través del contrato individual o el convenio colectivo. Hay que saber que, a la hora de remunerarlas, las horas extra:

  • No pueden pagarse menos que una hora ordinaria.
  • Pueden compensarse por tiempos equivalentes de descanso retribuido.
  • Por lo general, no pueden ser superiores a 80 horas al año.
  • Las horas extra máximas serán proporcionales a la jornada del empleado.

Eso sí, si no hay pacto alguno, las horas extraordinarias tendrán que compensarse a través del descanso dentro de los cuatro meses siguientes a la realización.

 

¿Puede un trabajador negarse a hacer horas extras?

 

¿Está obligado el trabajador a hacer horas extras o puede negarse?

En el apartado cuatro del artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores se contempla esta cuestión y se indica, literalmente, lo siguiente: La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2.

Por tanto, un trabajador/a podrá negarse a hacer horas extras si no desea hacerlas y su contrato de trabajo no se lo impide. Es importante, pues, antes de tomar cualquier decisión, consultar lo pactado en el contrato individual de trabajo o en el convenio colectivo. Si esta cuestión está recogida en el mismo, tendremos fuerza para plantearle al trabajador/a la obligatoriedad de realizar las horas extras.

Si lo que sucede es que el trabajador/a se niega a hacer horas extras porque ha alcanzado su máximo, tendrá toda la razón. Sobrepasar el número de horas extras, que como hemos indicado son 80 al año, será considerada una falta grave en caso de inspección y la empresa se enfrentaría a sanciones de entre 300,52 y 3.005,06 euros.

¿Qué pasa si cambian las circunstancias y conviene hacer horas extras?

Si las circunstancias de la empresa cambian y es necesario hacer horas extras, habrá que plantearlo con los trabajadores/as o sus representantes y llegar a un acuerdo que se ajuste al convenio colectivo o que quede recogido de manera expresa en el contrato de trabajo. Lo más importante es pactarlo mediante consenso y poner negro sobre blanco esta cláusula en los contratos, modificando los existentes, para que no haya lugar a nuevos equívocos.

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