Despidos

¿Qué pasa cuando un empleado/a no quiere firmar la carta de despido?

El hecho de no firmarla ni es beneficioso para las partes, ni frena el despido

La carta de despido es el documento que acredita la extinción de la relación laboral y es la forma correcta de comunicarlo al trabajador/a. Según dicta el Estatuto de los Trabajadores, resulta imprescindible entregar la carta al empleado/a para que este/a sepa las fechas exactas y la causa del despido y pueda firmarla.

Aunque a veces haya podido surgir la duda, hay que destacar que no es posible despedir a nadie de forma verbal ni por otras vías, sino que siempre se debe dar este documento por escrito y en persona con toda la información. Pero una vez entregada, ¿qué pasa cuando un empleado/a no quiere firmar la carta de despido? ¿qué opciones tienes como empresa? Analizamos esta situación y vemos qué se puede hacer en ese caso.

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Cómo notificar el despido a un empleado/a

Como hemos comentado, para notificar a un trabajador/a que prescindimos de él hay que hacerlo por escrito. Lo más habitual es llamar al empleado/a a una reunión privada y comunicarle de una forma amable la intención de la empresa. Además, hay que darle la carta de despido. ¿Qué debe contener este documento? 

En la carta de despido debe aparecer el plazo en el que se extingue la relación laboral con la empresa, es decir, la fecha en la que el empleado/a dejará de trabajar y, por tanto, de percibir su sueldo. También se deben incluir las fechas de entrega de la carta y la fecha en la que el despido se hace efectivo así como los datos, firma y sello de la empresa y del trabajador/a. Además, de cara a posibles reclamaciones, también tiene que aparecer la causa del despido, ya sea por motivos objetivos, disciplinarios, etc. así como la cantidad que percibe el empleado/a como finiquito y, si procede, como indemnización. En este momento no es obligatorio adjuntar más documentos que justifiquen el despido puesto que, de requerirse, los solicitará un juez en un proceso judicial. 

Hay que tener en cuenta que la carta de despido será una prueba esencial en el caso de que el empleado o empleada impugne el despido por lo que es recomendable ser muy riguroso en todos los detalles. Además, hay que hacer dos copias, una para la empresa y otra para el trabajador/a.

Opciones del empleado/a ante la carta de despido

Ahora bien, llegado el momento de entregar la carta de despido y de firmarla pueden pasar tres cosas:

  • Que el empleado/a la firme sin problemas.
  • Que la firme añadiendo “no conforme”.
  • Que no la quiera recibir y no la firme.

En el segundo caso, el despido se da por notificado y el trabajador/a tomará las medidas que considere a posteriori. En el tercer caso será conveniente que la empresa cuente con dos testigos, ya sean del departamento de Recursos Humanos u otros empleados/as de confianza, que acrediten que la carta se ha entregado y que el trabajador/a no ha firmado. 

¿Qué pasa cuando un empleado no quiere firmar la carta de despido?

El trabajador/a rechaza la entrega de la carta de despido, ¿qué hacer?

Que el trabajador/a no firme la carta de despido o rechace su entrega no tiene ningún efecto sobre el despido, ya que este sigue en pie en los plazos que indica el documento. No obstante, además de dar en persona la carta (o intentarlo) es aconsejable -aunque no obligatorio- que la empresa envíe la carta de despido al ex empleado/a por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido o incluso por vía notarial. 

En conclusión, la negativa del trabajador/a a recibir la carta de despido no afecta a la decisión del despido. El empleado/a deberá dejar su puesto en los términos indicados. Además, no firmar la carta no favorece en nada a ninguna de las partes ya que sin la carta, el trabajador tampoco podrá emprender otros procesos judiciales.

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