Contratación laboral

¿En qué casos puede pedir días libres un trabajador/a?

¿Cuál es la formula legal para que todo encaje?

“Me cojo el lunes y hago puente”, “Me mudo y necesito un día para organizar mis cosas”, “Me caso y me voy de luna de miel”… Como empleador/a o miembro del departamento de RRHH habrás escuchado decenas de veces frases como estas, pero…¿se ajustan a la ley? ¿En qué casos puede pedir días libres un trabajador/a? 

En España, el Estatuto de los Trabajadores, los convenios laborales y las normativas internas de cada empresa marcan tanto las vacaciones que corresponden como una serie de permisos retribuidos que permiten a los empleados/as no ir al trabajo por unos motivos determinados. Este artículo sirve como recordatorio de las situaciones en las que los empleados/as pueden coger fiesta sin que se reduzca su salario

¿En qué casos puede pedir días libres un trabajador/a?

Vacaciones anuales y asuntos propios

El tema de las vacaciones suele estar bastante claro, ya que es la propia empresa y los convenios los que deciden los días que le corresponden al año a los trabajadores/as. En el Estatuto de los Trabajadores se indica que “el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales”. Esto significa que son 2’5 días naturales de vacaciones por mes trabajado como mínimo. Si la cuantificación se hace en días naturales o en días laborables lo establece la compañía o el convenio colectivo que la rige. 

En el apartado  del Estatuto de los Trabajadores relativo a las vacaciones también se añade: “El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”. En estos convenios también se establecen los días de asuntos propios que corresponden en base al sector, jornada, turnos, etc.

No olvides que el Estatuto de los Trabajadores marca los mínimos, pero en los convenios colectivos se establecen los días concretos para cada caso, que nunca serán menos, y la situación particular dependiendo del sector empresarial y sus particularidades. 

Permisos retribuidos para trabajadores/as

Además de las vacaciones anuales, las fiestas nacionales, locales o regionales y los días de descanso semanal, el trabajador/a tiene derecho a disfrutar de otros días libres en los siguientes casos. Eso sí, siempre (que sea posible) lo tiene que comunicar con antelación, por escrito, y justificar correctamente la ausencia.

Enfermedad y hospitalización de familiar

Recientemente ha habido un cambio en los días libres relacionados con enfermedades y hospitalizaciones de familiares ampliando estos derechos. La ley indica que ahora corresponden cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de una persona del entorno familiar del trabajador/a. Aquí se incluyen las personas de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad tanto de la persona afectada como de su pareja. 

Fallecimiento

Hasta cuatro días laborables libres tiene derecho el trabajador/a por el fallecimiento de un familiar cercano. Concretamente, la norma establece que corresponden dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad pero cuando por esta causa la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento, el plazo se ampliará en dos días más, o sea, cuatro en total.

Matrimonio o pareja de hecho

Si un trabajador/a se casa o se registra como pareja de hecho, le corresponden 15 días libres. Tras la ceremonia, tiene derecho a quince días naturales de permiso retribuido y los días deben ser consecutivos. Si la celebración se produce en día no laborable los 15 días empiezan a contar desde el primer día laborable tras la celebración del matrimonio o registro. Muy importante -como ya hemos repetido y seguiremos repitiendo- es consultar el convenio colectivo concreto porque algunos amplían las opciones.

Traslado de domicilio

Una mudanza es otro de los motivos por los que un trabajador/a puede pedir un día libre remunerado, pero solo uno. Esta medida se adopta con el objetivo de facilitar la conciliación personal y laboral.

Deberes y derechos inexcusables

Como empleador/a también tienes que saber que los ciudadanos/as tienen derecho y deberes que deben ser protegidos. En el Estatuto de los Trabajadores expresa que se podrá faltar al trabajo “por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo”. Algunos ejemplos son votar o estar en una mesa electoral, asistir a un juicio, renovar el DNI, etc. Para ellos no se otorgarán días libres si no el tiempo estrictamente necesario y siempre con justificante. 

Causas de fuerza mayor

Otro de los permisos retribuidos que se han añadido más recientemente es el derecho a faltar en el trabajo por causas de fuerza mayor como enfermedades propias o de familiares que hagan indispensable la presencia inmediata del empleado/a. Como máximo se puede disfrutar de este permiso remunerado hasta cuatro días al año justificándose correctamente. 

¿En qué casos puede pedir días libres un trabajador/a?

Otros motivos para dar días libres 

Además de todos los citados anteriormente, existen otros motivos por los que puede pedir días libres un trabajador/a:

  • Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
  • Cuidado del lactante o permiso de lactancia.
  • Para concurrir a exámenes para la obtención de un título.
  • Por el tiempo imprescindible para pruebas prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, todos los trámites que sean necesarios.
  • Durante una hora en el caso de nacimiento prematuro de un hijo/a, o que deba permanecer hospitalizado después del parto.
  • Horas para ir al médico general y pruebas especializadas.

En conclusión, los trabajadores/as en España tienen posibilidad de coger días libres en una variedad de situaciones que van desde motivos personales a obligaciones legales. Estos derechos están pensados para proteger la conciliación y el bienestar del trabajador/a por lo que es importante que la compañía y los empleados/as los respeten y evitar así cualquier conflicto laboral.

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