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¿Qué pasa cuando un empleado/a no quiere firmar la carta de despido?

El hecho de no firmarla ni es beneficioso para las partes, ni frena el despido
12/06/2026 Time icon 4 min

Lacarta de despido es el documento que formaliza la extinción de la relación laboral y deja constancia de sus condiciones. El Estatuto de los Trabajadores exige que la empresa entregue esta comunicación por escrito, indicando la causa del despido y la fecha en la que será efectivo. 

Aunque a veces surjan dudas, no es válido despedir verbalmente ni comunicarlo por vías informales. La carta debe entregarse en persona y con toda la información necesaria. Pero ¿qué ocurre si el empleado/empleada no quiere firmar la carta de despido? ¿Afecta a la validez del despido? Lo analizamos. 

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Cómo notificar el despido a un empleado/a

Como hemos comentado, para notificar a un trabajador/a que prescindimos de él hay que hacerlo por escrito. Lo más habitual es llamar al empleado/a a una reunión privada y comunicarle de una forma amable la intención de la empresa. Además, hay que darle la carta de despido. ¿Qué debe contener este documento? 

En la carta de despido debe aparecer el plazo en el que se extingue la relación laboral con la empresa, es decir, la fecha en la que el empleado/a dejará de trabajar y, por tanto, de percibir su sueldo. También se deben incluir las fechas de entrega de la carta y la fecha en la que el despido se hace efectivo así como los datos, firma y sello de la empresa y del trabajador/a. Además, de cara a posibles reclamaciones, también tiene que aparecer la causa del despido, ya sea por motivos objetivos, disciplinarios, etc. así como la cantidad que percibe el empleado/a como finiquito y, si procede, como indemnización. En este momento no es obligatorio adjuntar más documentos que justifiquen el despido puesto que, de requerirse, los solicitará un juez en un proceso judicial. 

Hay que tener en cuenta que la carta de despido será una prueba esencial en el caso de que el empleado o empleada impugne el despido por lo que es recomendable ser muy riguroso en todos los detalles. Además, hay que hacer dos copias, una para la empresa y otra para el trabajador/a.

Opciones del empleado/a ante la carta de despido

Cuando llega el momento de firmar, pueden darse tres situaciones: 

  • Firma sin objeciones. 
  • Firma añadiendo “no conforme”. 
  • Rechaza firmar o recibir la carta. 

En los dos primeros casos, el despido queda notificado igualmente. En el tercero, la empresa debe asegurarse de dejar constancia de que la carta se ha entregado o intentado entregar. Por tanto, será conveniente que la empresa cuente con dos testigos, ya sean del departamento de Recursos Humanos u otras áreas, que acrediten que la carta se ha entregado y que el empleado/empleada no ha firmado.  

¿Qué pasa cuando un empleado no quiere firmar la carta de despido?

El trabajador/a rechaza la entrega de la carta de despido, ¿qué hacer?

Que el trabajador/a no firme la carta de despido o rechace su entrega no tiene ningún efecto sobre el despido, ya que este sigue en pie en los plazos que indica el documento. No obstante, además de dar en persona la carta (o intentarlo) es aconsejable -aunque no obligatorio- que la empresa envíe la carta de despido al ex empleado/a por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido o incluso por vía notarial. 

En conclusión, la negativa del trabajador/a a recibir la carta de despido no afecta a la decisión del despido. El empleado/a deberá dejar su puesto en los términos indicados. Además, no firmar la carta no favorece en nada a ninguna de las partes ya que sin la carta, el trabajador tampoco podrá emprender otros procesos judiciales.

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