Legislación laboral

¿Hay que fichar en las pausas para fumar o tomar un café?

Esto es lo que dice la última sentencia al respecto que podría cambiarlo todo.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el consumo de tabaco ha ido disminuyendo con el tiempo. Hace quince años, un 32,7 % de la población fumaba a diario. En 2020 (último año del que se tienen datos), este porcentaje ha caído hasta un 22, 3 %. Se espera que esta cifra se siga reduciendo hasta el 20,4 % en 2025. A pesar de eso, todavía hay muchas personas que siguen fumando en nuestro país. Y lo hacen en varios momentos del día, de modo que en determinados momentos tienen que salir de su puesto de trabajo, ya sea a la calle o a la terraza, para fumarse un cigarrillo.

Muchas empresas siguen haciendo la vista gorda. Consideran tiempo de trabajo efectivo un tiempo que, en realidad, debería contar como pausa. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo, que ha dado la razón a la empresa Galp por obligar a sus trabajadores y trabajadoras a fichar cada vez que salen a fumar o tomar un café. De este modo, el tiempo que antes pasaban fumando dentro de su jornada laboral, será considerado tiempo de pausa. Y tendrán que recuperarlo para cumplir con la jornada laboral estipulada en su contrato.

¿Las demás empresas podrán hacer lo mismo? Veamos cuál es la respuesta.

¿Hay que fichar en las pausas para fumar o tomar el café?

Fichar para salir a fumar o tomar un café, ¿es posible?

Las empresas están obligadas a registrar la jornadas laborales de sus trabajadores desde el año 2019. Lo dice el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Cuando esta legislación comenzó a aplicarse, muchas empresas tuvieron que implementar herramientas para garantizar el control horario. Y en estas se encontraba la energética Galp, cuando decidió que a partir de ese momento, además de integrar tornos para los accesos y una app para registrar las jornadas, obligaría a sus empleados y empleadas a fichar cuando salieran a fumar o tomar un café.

El sindicato CC.OO. decidió denunciar este cambio para que el tiempo que los trabajadores y trabajadoras pasan fumando o tomando un café sea considerado como tiempo efectivo de trabajo. La Audiencia Nacional dio la razón a la empresa y el sindicato recurrió. Ahora la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de casación, de modo que salir a fumar o tomar un café se considerará tiempo de descanso. Por eso será necesario recuperar el tiempo de trabajo efectivo perdido.

¿Hay que fichar en las pausas para fumar o tomar el café?

¿Qué pueden hacer las empresas que quieran que fumar o tomar un café cuente como tiempo de pausa?

Las empresas están en su perfecto derecho de pedir a los trabajadores y trabajadoras que fichen para entrar y salir de sus pausas para fumar o tomar un café. Una sentencia del Tribunal Supremo basta para crear jurisprudencia.

Otra cosa es que, como han hecho muchas organizaciones hasta ahora, se dé toda la confianza a los trabajadores para que gestionen de manera responsable su tiempo y alcance los objetivos marcados, independientemente de que salgan a fumar o tomar un café mientras trabajan.

Si finalmente deciden que ese tiempo sea considerado como tiempo de descanso, tendrán que informar debidamente a sus empleados para que fichen en las entradas y salidas. Así los horarios quedarán registrados.

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